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CREAR TEMA

Miércoles 31/10/2018, 17:00:29
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Escrito por CarlosRojoBrasil

Se que al menos hay un topic que dice algo de este tema, pero en este caso quiero profundizar mas sobre el mismo.

El árticulo 56 de la Conmebol habla sobre la suspensión de un jugador/Técnico en caso de expulsión y/o desobediencia de reglas durante una competencia Sudamericana.

El artículo 76 de Conmebol habla sobre la Sanción en caso de Incumplimiento de la Suspensión otorgada por el artículo 56. Para mejor entenderlo..... es lo que reclamó Independiente por la mala inclusión del jugador de Santos en el LDA.

Cuando el reclamo es realizado en tiempo y forma (cosa que hizó Independiente) al equipo que incumple la sanción se lo penaliza con la reversión de puntos.... O sea.... Se le da el partido por perdido con un marcador de 3 a 0.

En el partido de anoche entre Gremio y gayinas, la Conmebol había PROHIBIDO a la muñeca gallarda de entrar al terreno de juego o tener cualquier tipo de contacto con sus dirigidos durante el encuentro...... Cosa que no sucedió...... Además de cominicarse por radio (y está filmado) con el banco gayina, se metió al vestuario en el entretiempo. Es mas..... El tipo que le saca la foto a la muñeca, saliendo del vestuario gayina, no es ni mas ni menos que un VEEDOR DE CONMEBOL.

Entonces ?????? Será que realmente es una conspiración ??????

Ahora Conmebol decide...... Veamos que argumento utilizan en caso de no aplicar la sanción que corresponde por incuplimiento según lo dice el artículo 76 que ellos mismos elaboraron.
Esos artículos te los podés meter en "donde no te alumbra el sol"...Sólo se aplican para los que no pagan coimas a la CONMEBOL $$$ ,y , claro está, BO$TA y RIVERGA estan por encima de cualquier reglamento ,quedan "exceptuados" de toda norma y les soba la chota ... .

FIN DEL COMUNICADO ...
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