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Lunes 05/03/2018, 11:21:56
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Escrito por BVian

Escrito por Achura

Escrito por BVian

Escrito por Achura

No estoy de acuerdo pero más allá de eso es inconstitucional según el artículo 75 de la CN, artículo 4 de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
Me imaginé que había sido un error.

De todas maneras, a partir del fallo de la Corte Suprema en “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, el caso de una menor en la que se llevó a cabo la interrupción de un embarazo producto de la violación por parte del padrastro, se estableció que el art. 4 de la CASDH no habilitaba a establecer acciones punitivas en los casos contemplados por el art. 86 inc. 1 y 2 del Código Penal, rechazando el recurso de inconstitucionalidad presentados por la apelación, con lo cual, de aprobarse el proyecto de interrupción no punible, tampoco serían viables acciones penales ni recursos de inconstitucionalidad en cualquier caso contemplado por esa ley.

En todo caso, queda abierta la discusión de la gratuidad, en la medida que pueda ser entendida como violatoria de la protección establecida por el art. 4 CASDH. Pero de denegarse, se contrapondía con las garantías que protegen a la mujer establecidas en esa misma Convención, la propia Constitución y otros tratados internacionales de rango constitucional.

Dejo el link al fallo, es interesante leer los considerandos.

http://www.cij.gov.ar/nota-8754-La-Corte-Suprema-preciso-el-alcance-del-aborto-no-punible-y-dijo-que-estos-casos-no-deben-ser-judicializados.html
Gracias por la info pero entiendo que ese es un caso puntual que, si bien podría ampliarse, no llegaría a ser general y discrecional, o si?
Un fallo de la Corte siempre se da en un caso puntual pero sienta jurisprudencia, si en este caso se rechazó la inconstitucionalidad debería hacer lo mismo en cualquier otro contemplado por una ley nacional.
La verdad es que el proceder de la Corte no siempre es tan lineal, pero es un argumento sólido contra la inconstitucionalidad basada en ese artículo.
Entonces cada intento de aborto debería pasar por la corte o se puede sancionar la ley tomando como punto de partida el fallo de un juez?

Si la ley está basada en el fallo del juez debería seguir los mismos lineamientos de este último (violación, etc) o podría abarcar un espectro más amplio como ser cualquier aborto bajo cualquier circunstancia? (lo cual haría que la cámara distorsione el fallo original del juez).

Pregunto desde la más profunda ignorancia.

Gracias.