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Jueves 24/09/2020, 12:17:30
Ir contra los Moyano
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Hay que ir contra los Moyano tienen que responder con su patrimonio, basta de hacernos los boludos como socios. Les acerco el estatuto y son solidarios responsables con la institución. Basta de chamuyo, a la oposición se les pide compromiso, y armemos una comisión de socios y vayamos contra los moyano y los comparada. la ley y los estatutos están para hacerse valer

ARTICULO 87º:Los miembros de la Comisión Directiva no contraerán responsabilidad alguna por obligaciones de la Institución, pero si responderán personal, solidaría y mancomunadamente por incumplimiento de sus deberes y obligaciones o mal desempeño de su cometido y por las violaciones a las leyes, disposiciones estatutarias o resoluciones de la Asamblea.-ARTICULO 88º:Los miembros de la Comisión Directiva:a) Serán solidariamente responsables de las resoluciones tomadas por ellos.-b) Serán responsables en el ejercicio de sus funciones y responden ilimitada y solidariamente hacia la institución, los asociados y los terceros, por el mal desempeño de su cargo, así como por la violación de la Ley, el Estatuto o el Reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave.Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la imputación de responsabilidad se hará atendiendo a la actuación individual cuando se hubieren asignado funciones en forma personal de acuerdo con lo establecido en el Estatuto, el Reglamento o decisión asamblearia. Lo cual debe ser llevado a consideración del tribunal de disciplina.Podrá quedar exento de responsabilidad el directivo que participó en la deliberación o resolución o que la conoció, si deja constancia escrita de su protesta, debiendo dar noticia a quienes corresponda -a la Comisión Directiva, a la Asamblea de Representantes, a la Comisión Revisora de Cuentas, a la Junta de Disciplina y Ética ó a la autoridad competente-.ARTICULO 89º:La Comisión Directiva no podrá renunciar en masa, ni menos hacer abandono del Club.- Si circunstancias especiales la impulsan a tomar tal resolución, deberá elevar los antecedentes a una Asamblea Extraordinaria de Representantes que se convocara en forma inmediata, ante la cual fundamentará su renuncia.-  En caso de aceptarse la misma, la asamblea designara una comisión directiva transitoria y convocara a elecciones dentro de los 90 días siguientes.ARTICULO 90º:Cuando la Asamblea tenga constancia de que las razones expuestas no son aceptables y que existe dolo o propósito deliberado de eludir responsabilidades ante situaciones creadas ex profeso, podrá no aceptar las renuncias y solicitar la intervención de la Junta de Disciplina y Ética para considerar la expulsión como penalidad.-ARTÍCULO 91º:Son deberes y atribuciones de la Comisión Directiva:a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, así como cumplir y hacer cumplir este Estatuto;b) Dirigir la administración del Club, de acuerdo con las normas que establece el Estatuto;c) Reglamentar este Estatuto que deberá aprobar la Asamblea de Representantes y dictar los reglamentos internos que estime necesario para la buena marcha del Club;d) Resolver los casos no previstos en este Estatuto, sin apartarse de su espíritu, con cargo de dar cuenta en la primera Asamblea;e) Convocar a comicios y asambleas y redactar el Orden del Día a tratar por éstas últimas;f) Proyectar anualmente el cálculo de recursos, el presupuesto de gastos e inversiones, el presupuesto económico y el presupuesto financiero para el ejercicio siguiente que deberá elevarse para su aprobación a la Asamblea Especial durante la primera quincena de junio del año siguiente según las pautas establecidas en el artículo 60 de este Estatuto.g) Presentar anualmente a la Asamblea Ordinaria, dentro del término fijado por este Estatuto, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Ganancias y Pérdidas e informe de la comisión Revisora de Cuentas de cada ejercicio económico transcurrido entre el 1º de julio de un año al 30 de junio del año siguiente.h) Acordar a propio pedido, licencia a sus miembros;i) Aceptar o rechazar las renuncias de los miembros de la mis-ma, las que únicamente podrán ser presentadas por escrito;j) Designar los miembros de la Comisión Directiva y los socios que integrarán las Comisiones Internas y las de los Departamentos de fútbol, Educación Física y Cultural y Social, y las Subcomisiones que constituyen éstos Departamentos;k) Designar los socios que actuarán como Delegados ante los distintos organismos a que se encuentra afiliado el Club.l) Fijar, aumentar, reducir o suprimir la cuota de ingreso de socios.m) Admitir o no las solicitudes de quienes deseen ingresar como sociosn); Excluir o aceptar la renuncia de Asociados de acuerdo a lo que establece este Estatutoo) Amonestar o suspender a socios en función de dictamen de la Junta de Disciplina y Ética, elevando a la Asamblea de Representantes los dictámenes que propongan la  expulsión de un asociado.p) Nombrar los empleados del Club, fijar sus funciones y remuneración, amonestarlos, suspenderlos, aceptar o rechazar sus renuncias y declararlos cesantes;q) Suscribir contrato de locación de servicios de jugadores profesionales, Directores Técnicos, Preparadores Físicos, Médicos y otros profesionales y expertos para cumplir los fines de la Institución;r) Comprar, vender, gravar y transferir inmuebles, previa aprobación de la Asamblea.- Para las ventas y transferencias de In-muebles deberán publicarse avisos durante cinco días en no menos de dos diarios de reconocida circulación en la ciudad de Buenos Aires y Avellaneda;s) Estar en juicio como actora, demandada y querellante; hacer arreglos; aceptar liberalidades; someter litigios en que la Institución es parte a Tribunales Arbitradores amigables componedores y realizar todos los actos judiciales y extrajudiciales, cual-quiera fuere su naturaleza, dentro de las limitaciones estatutarias, necesarias e indispensables que demanden directa o indirectamente el cumplimiento de los fines sociales;t) Nombrar o designar letrados, apoderados judiciales y administrativos, peritos, árbitros, escribanos y otorgar y revocar poderes especiales o generales, cuando lo creyere necesario;u) Autorizar los demás actos y contratos que autorizan o autorizaren en el futuro las leyes, a excepción de aquellos que este Estatuto reserve o exija el cumplimiento de formalidades especiales;v) Comprar muebles, útiles, accesorios, convenir obras, trabajos, reparaciones y/o mantenimiento de bienes muebles o in-muebles previo concurso público o privado de precios de acuerdo a las bases y reglamentaciones que establecerá la Comisión Directiva.- En la construcción de obras deberá preferirse los convenios de costos en base a precio fijo o por “Ajuste Alzado” las ofertas de venta de bienes muebles o erogación de concesiones deberán efectuarse mediante concurso público o privado de acuerdo a las bases y especificaciones que en cada caso determinará a la Comisión Directiva;x) Aceptar donaciones, legados y subvenciones;y) Llevar y perseguir ante la Justicia a los responsables de mal-versaciones, defraudaciones o disposición ilegitima de fondos, bienes o intereses de la Institución.ARTICULO 92º:Son deberes irrenunciables de todos sus miembros, ejercer individual y colectivamente, el control sobre los ingresos e inversiones, el estudio y las disposiciones concernientes a la organización y el desarrollo progresivo del Club.-ARTICULO 93º:Ninguno de sus miembros podrá alegar ignorancia sobre el destino de los fondos sociales y las disposiciones tomadas durante su mandato, para lo cual les asiste el derecho de recabar de quienes corresponda todos los datos e informaciones que ilustren su conocimiento.-
Jueves 24/09/2020, 12:17:51
267 Posts - 118 Puntos
Es largo pero léanlo es importante
Jueves 24/09/2020, 13:10:50
3544 Posts - 684 Puntos
El pais donde mas abogados hay la justicia no funciona.
El pais donde mas pscicologos hay,mas locos estamos y lo venden a eso como pasiòn.
Argentina es un perro que gira para morderse el rabo
Jueves 24/09/2020, 14:17:06
8200 Posts - 1523 Puntos
jajaja claro, que tambien paguen duca, comparada y cuentero..
la justicia en este pais no existe
                              

     
Jueves 24/09/2020, 14:29:05
7992 Posts - 2426 Puntos
Resumen: los Moyano traen troncos y además [b]no pagan. Fin de la historia. -----



[/b]
Los Moyano no pagan. --------------
No pagaron por Romero, no pagaron por Cecilio, no pagaron por PP8,
no pagaron por Sánchez Miño, no pagaron por Chávez,
no pagaron por Campaña, no pagaron por Carlangas, no pagaron... ---
Los Moyano no pagan. --------------
Los Moyano no pagan. Pero el deudor finalmente es Independiente. [b]
[/b]-----------------------------------------------------------------------------------------

Cuando un club contrata futbolistas y no paga, los acreedores lo denuncian,
cuando se denuncia a un club y se muestran los contratos incumplidos,
alguien lo sanciona, el club ha de abonar con intereses, y hasta lo inhiben para
nuevas adquisiciones.
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Los Moyano no pueden traer ni jugadores de la B... ¿Por qué será?
Es probable que no tengan un peso y solo intenten ganar tiempo.
Mientras tanto, a Pusineri no le trajeron un jugador. Y todos los días
lo exponen como que "es un desubicado que [b]pide un montón de
jugadores por millones de dólares...
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[/b]Algunos niños dicen que Pusineri tiene que arreglar la economía del club.
No, niños: la economía del club la tienen que arreglar los que la cagaron:
la C. D. con Hugo Moyano a la cabeza.
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Pusineri es el D. T., tiene que poner los jugadores en cancha. Si lo hace bien
o mal, lo criticaremos por eso.
Pero de comprar, prestar, vender, traer a préstamo y demás actividades
contractuales de futbolistas, de eso se ocupa la C. D.
Y la C. D. ha fracasado.
Jueves 24/09/2020, 20:26:06
298 Posts - 257 Puntos
Coincido en todo, pero por favor basta de ir a votar 6.000 personas. Es una vez cada 4 años, es INDEPENDIENTE, en la última elección la mitad eran del gremio de camioneros, esas cosas dependen de nosotros....hay que sacarlo y después que pongan la que se chorearon.